BANDO núm. 6/2010

D. PEDRO PITARCH CAÑADA Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Mas de las Matas en virtud de las atribuciones que me otorga el artículo 21.1 e) de la Ley 7/1985, de 21 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,

HACE SABER

Que el Ayuntamiento, al igual que los ciudadanos de nuestra villa, en favor de la actitud cívica y ejemplar de la inmensa mayoría, nos mostramos preocupados por ciertos comportamiento irresponsables con el medio urbano y con las instalaciones municipales, que aun siendo hechos aislados alteran la normal convivencia.

Es obligación de todos los vecinos o visitantes actuar cívicamente en el uso de los bienes e instalaciones puestos a disposición del público. Pese a ello, existen en nuestro municipio actuaciones incívicas, que además de causar molestias alterando la paz ciudadana, se manifiestan en el mobiliario urbano, en fuentes, parques y jardines, en las fachadas de edificios públicos y privados, en las señales de tráfico, en las instalaciones municipales y en otros bienes y suponen unos gastos de reparación cada vez más importantes que distraen la dedicación de recursos municipales a otras finalidades y, al tener que ser afrontados por el Ayuntamiento, se sufragan en realidad por todos los ciudadanos.

ESTA ALCALDÍA QUIERE HACER UN LLAMAMIENTO A LA COLABORACIÓN CIUDADANA, tendente a que cualquier persona, que obtenga testimonio o información susceptible de usarse en contra de cualquier tipo de vandalismo, o acceso fraudulento a instalaciones municipales, lo denuncie ante el Ayuntamiento, con la garantía y seguridad de que la información facilitada será tratada con carácter confidencial, y así, adoptar las medidas oportunas para, entre todos, evitar el deterioro, la pérdida y destrucción de nuestro patrimonio.

Y por todo lo expuesto

VENGO A DISPONER

PRIMERO. Que, sin perjuicio de las sanciones que puedan ser impuestas como consecuencia de la aplicación de una ordenanza municipal reguladora de los actos incívicos, cualquier acto vandálico que sufra el mobiliario urbano, los espacios destinados a parques y jardines, fachadas de edificios públicos o privados, así como los accesos fraudulentos a instalaciones municipales, serán puestos inmediatamente en conocimiento de la autoridad competente de la Subdelegación del Gobierno en Teruel para que proceda sobre la tramitación del oportuno procedimiento sancionador.

SEGUNDO. Poner en conocimiento de la fiscalía aquellos actos vandálicos o de acceso fraudulento a instalaciones municipales cuando estos pudieran constituir un ilícito penal.

Lo que se hace público para general conocimiento y cumplimiento.

En Mas de las Matas a 9 de agosto de 2010

El Alcalde,

Fdo.: Pedro Pitarch Cañada