Concentración parcelaria: Los cambios en las tierras están sujetos a autorización
Pedro Pitarch Cañada - Alcalde

En una concentración parcelaria se realiza una redistribución de las propiedades de manera concentrada. Muchas tierras pasan a tener nuevos propietarios a los cuales se les asignan nuevos lotes de tierra, normalmente concentrados en un sólo lote más amplio que lo que originalmente tenían, en los que puede haber distintos tipos de tierra: agrícola y no agrícola (matorral, arbolado, ribazos, eriales, pastizales...). Las tierras cambian de propietarios, pero NO CAMBIA SU ESTATUS o clasificación. Las tierras agrícolas se tratarán como tal y el resto se consideran tierras NO AGRÍCOLAS y están sometidas a la legislación de montes.

Como consecuencia de los trabajos de concentración parcelaria de Mas de las Matas, en las últimas semanas han comenzado los movimientos de tierra para la estructura de la nueva red de caminos y pistas para el acceso a las nuevas parcelas. Esto ha supuesto que, en algún caso puntual, la empresa que realiza los trabajos hayan arrancado árboles y transformación de algún terreno (eliminación de ribazos etc.). Todas estas actuaciones están valoradas ambientalmente y autorizadas por el Gobierno de Aragón dentro del proyecto.

Lo que NO está autorizado en el proyecto son los posibles cambios de uso del suelo (roturaciones de eriales, pastizales, zonas arbustivas y eliminación de ribazos, así como corta de arbolado) que los nuevos propietarios de los nuevos lotes puedan pretender. Para ello, deberán de presentar una solicitud de autorización individual ante la autoridad correspondiente.

Cualquier cambio o modificación en esas tierras deberá de SER AUTORIZADO por la autoridad correspondiente del Gobierno de Aragón.

Por tanto, el que a una persona se le asigne un lote de tierras nuevo, no implica que pueda hacer lo que quiera con el total de tierras asignado, ni con los ribazos que se encuentran en ese lote, ni con el arbolado que haya en ese lote. El arbolado, si se quiere cortar deberá de solicitarse al INAGA. El cambio de uso del suelo que se quiera cambiar (de erial, pastizal o matorral, incluso ribazos a agrícola) se solicita al Departamento de Agricultura. EN NINGÚN CASO SE PUEDE HACER UN CAMBIO DE USO DEL SUELO O UNA CORTA DE ARBOLADO SIN AUTORIZACIÓN.

Por otro lado, se ha hecho una apropiación indebida de la madera resultante de la corta de árboles de la red de caminos. Esa leña es propiedad privada y debe solicitarse, igualmente autorización para su retirada.

Los Agentes de Protección de la Naturaleza (a quienes se les puede consultar en caso de duda) tiene la instrucción de vigilar la normativa de montes y poner en conocimiento cualquier anomalía que se produzca que no esté autorizada lo que puede generar una denuncia, siendo mi interés evitar que se produzca dando la mayor información posible.

Mas de las Matas, 31 de octubre de 2008.