EL CAMBIO DE HORARIO
 
Oli

Los cambios de hora se nos hacen siempre un poco cuesta arriba pese a los años que llevamos con el adelanto y retraso de la hora para ‘ganar’ tiempo al tiempo. Siempre conllevan comentarios y discusiones de todo tipo cuando llega el momento.

Aunque para muchos parezca una medida sin mucho contenido, lo cierto es que supone no pocas repercusiones económicas y sociales. Por eso los gobiernos se han puesto desde hace tiempo a legislar sobre el tema. La decisión de adelantar la hora oficial durante los meses con mayor cantidad de horas de luz se ha venido adoptando en España y en otros países desde las primeras décadas del siglo XX. Así, en España, la primera norma publicada en tal sentido fue en 1918 ‘como medio de conseguir el ahorro del carbón’ (R.D. de 3 de abril de 1918). Esta medida fue haciéndose efectiva irregularmente en los años posteriores, hasta que en el período comprendido entre 1950 y 1973 no se realizó.

El adelanto horario comenzó de nuevo en 1974, con la crisis del petróleo, y así se ha ido realizando el cambio, pero de forma descoordinada con el resto de países de la Comunidad Europea. Este hecho suponía un obstáculo a la libre circulación de bienes, servicios y personas que propugna la C.E., por lo que desde 1981 a 2001 se ha ido armonizando entre todos los países miembros el inicio y fin del horario de verano mediante ocho Directivas del Parlamento Europeo.

De especial importancia es la última (enero de 2001), puesto que establece una norma de enunciado genérico por la cual, desde el año 2002 en adelante, el inicio del período del horario de verano será el último domingo de marzo, a las dos de la madrugada (una en Canarias), por lo que ese día tendrá una duración oficial de veintitrés horas; y su fin tendrá lugar el último domingo de octubre, a las tres de la madrugada (las dos en Canarias), por lo que ese día tendrá una duración oficial de veinticinco horas.

Con esta norma se consigue una estabilización de manera que, tanto empresarios como particulares, pueden programar sus actividades sin necesidad de esperar a que sea fijada, arbitrariamente, una fecha determinada.

Para los próximos cinco años los cambios serán los siguientes días:

Años Día del último
domingo de marzo
Día del último
domingo de octubre
20023127
20033026
20042831
20052730
20062629

Más información: Real Decreto 236/2002, de 1 de marzo (BOE núm. 53 de 2 de marzo)